martes, 2 de abril de 2013

DEMANDAN NULIDAD DE ELECCIONES COMUNALES EN CAÑARIS



Presentan demanda de nulidad de elecciones comunales de Cañaris

Chiclayo, abr. 01 (ANDINA). El comunero César Lucero Huamán presentó ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Jaén (Cajamarca), una demanda de nulidad del proceso electoral y de sus resultados de la reciente elección de la presidencia de la comunidad campesina San Juan de Cañaris, se informó hoy.

En rueda de prensa realizada en esta ciudad, el asesor legal del comunero, Alejandro Horna, quien a su vez es presidente de la Asociación de Frentes de Defensa de Cañaris, manifestó que la demanda fue interpuesta el 27 de marzo, ante la serie de vacíos legales e irregulares del proceso eleccionario.

El 24 de marzo se efectuó los comicios para la elección del nuevo presidente de la comunidad de San Juan de Cañaris, para el período 2013-2014, ubicada en el distrito del mismo nombre, provincia de Ferreñafe, en Lambayeque.

Horna indicó que también se impugnó al comité electoral de la citada comunidad además de solicitarse un nuevo proceso con un nuevo comité electoral y con presencia de veedores del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Asimismo, que se declare la nulidad de cualquier acto realizado por los supuestos ganadores de los citados sufragios y cualquier inscripción de los actos llevados a cabo el pasado 24 de marzo.

En esa fecha se realizaron las elecciones para la nueva presidencia de la comunidad en remplazo de Cristóbal Barrios Carrillo, quien no podía aspirar a un nuevo mandato tras dos periodos consecutivos en ese cargo.

Se presentaron dos listas de la competencia. El comité electoral presidido por Lucho Bernilla Tantarico dio como ganador a Florentino Barrios Huamán, primo hermano del anterior presidente.

Ausberto Lucero Huamán, quien fuera el otro candidato, también exigió nulidad del proceso electoral, debido a que hubo flagrantes irregularidades.

Horna precisó que la demanda judicial se fundamenta en la inexistencia de un padrón comunal debidamente actualizado cada dos años, la emisión de votos de comuneros no calificados para comicios en la localidad, falta de reglamento de elecciones comunales así como la inexistencia de un estatuto en la comunidad y su reglamento.

Añadió que el Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas ha dispuesto que las comunidades campesinas tienen la obligación, desde 1991, de contar con un registro de comuneros (padrón comunal), en el que se registre a todos los comuneros calificados y que además de constituir parte del archivo general de la jurisdicción se actualizará cada dos años.

Por su parte, César Lucero advirtió que entre las irregularidades del proceso eleccionario están que el comité electoral se formó con 25 personas lo cual es contrario a lo que señala la Ley General de Comunidades Campesinas que indica que tiene que desarrollarse una asamblea o en su defecto con el apoyo de los 44 delegados.

“Ha habido sólo 25 personas ni la mitad de los delegados acreditados (…) por eso nosotros no hemos participado”, anotó.

Precisó que de 3,800 comuneros hábiles sólo han acudido a votar 1,350, “y otro aspecto es que el mismo día de las elecciones han estado expidiendo y entregando el carné comunal a personas vinculadas a Cristóbal Barrios”, aseveró.

(FIN) SDC/MAO
Fecha: 01/04/2013

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